Lipit Ishtar, biografia, quien fue, código, leyes; de Isin, Mesopotamia

Lipit Ishtar, biografia, quien fue, codigo; de Isin, Mesopotamia.
Lipit Ishtar gobernaba la ciudad-estado de Isin y Mesopotamia misma en el año 1.870; de extracción amorrea (cananeos orientales, semitas occidentales)[1].Era considerado,«el humilde pastor de Nippur, el santo plantador de Ur, el que incesantemente cuida de Eridu, el Señor que adorna Uruk, el rey de Isin, el rey de Sumer y Accad, el favorito de Inanna».
Heredó al mundo civilizado un código, escrito en sumerio; en él se da mas relevancia a la indemnización que a la pena. Presenta su prólogo bajo ropajes hímnicos; el cuerpo legal desarrollado está redactado bajo fórmulas condicionales. Al final,«bendice a quien lo respete y lanza maldiciones contra quienes hagan lo contrario»[2] , previendo lo que serán los tratados como el del antiguo testamento en su forma.
[1] No es un pueblo como tal, es mejor una región geográfica, designando en Mesopotamia, el oeste. Para los egipcios en cambio era la cadena montañosa del Líbano y sus sierras aledañas. Para el antiguo testamento constituirán la población pre-israelita, de la línea camita (raza maldita para los “elegidos” hebreos, de la línea semita)
[2] LARA Peinado Federico, Ob., Cit., página XXV.
(Fragmento del libro Fundamentos culturales del judaismo I, historia cultural del Medio oriente, del paleolítico al 1436 a.C).

Código

El texto existe en varios fragmentos parciales. Las siguientes leyes completas han sido reconstruidas: §8. Si un hombre cedió terreno a otro hombre para que se establezca como un huerto y este último no completó la plantación de ese terreno desnudo como un huerto, le dará al hombre que estableció el huerto el suelo desnudo que descuidó como parte de su parte.
§9. Si un hombre entra al huerto de otro hombre y allí se lo detiene por robar, pagará diez siclos de plata.
§10 Si un hombre corta un árbol en el jardín de otro hombre, deberá pagar media mina de plata.
§11 Si adyacente a la casa de un hombre se ha descuidado el suelo desnudo de otro hombre y el dueño de la casa le ha dicho al dueño del terreno desnudo, "porque tu tierra ha sido descuidada, alguien puede entrar en mi casa: fortalecer su casa, "y este acuerdo ha sido confirmado por él, el propietario de la tierra limpia devolverá al dueño de la casa cualquiera de sus bienes que se pierde. §12 Si una esclava o esclava de un hombre ha huido al corazón de la ciudad y se ha confirmado que él (o ella) habitaron en la casa de (otro) hombre durante un mes, él dará esclavos por esclavos .
§13 Si no tiene esclavo, pagará quince siclos de plata.
§ 14 Si el esclavo de un hombre ha compensado a su esclavo con su amo y se confirma (que ha compensado) a su amo doblemente, ese esclavo será liberado.
§15 Si un miqtum [siervo] es la concesión de un rey, no será quitado.
§16 Si un miqtum fue a un hombre por su propia voluntad, ese hombre no lo retendrá; él (el miqtum ) puede ir donde lo desee.
§17 Si un hombre sin autorización vinculó a otro hombre con un asunto del cual él (este último) no tenía conocimiento, ese hombre no es afirmado (es decir, legalmente obligado); él (el primer hombre) tendrá la pena en relación con el asunto al que lo había atado.
§18 Si el dueño de un estado o la dueña de un estado ha incumplido el impuesto de un patrimonio y un extraño lo ha soportado, durante tres años él (el propietario) no podrá ser desalojado. Después, el hombre que llevó el impuesto de la herencia poseerá esa herencia y el dueño anterior de la finca no levantará ninguna demanda.
§22 Si el padre vive, su hija, ya sea una gran sacerdotisa, una sacerdotisa o una hieródula, habitará en su casa como un heredero.
§24 Si la segunda esposa con quien se había casado le dio hijos, la dote que ella trajo de la casa de su padre le pertenece a sus hijos, pero los hijos de su primera esposa y los hijos de su segunda esposa dividirán por igual la propiedad de su padre.
§25 Si un hombre se casó con su esposa y ella le dio hijos y esos hijos están vivos, y un esclavo también dio a luz a su amo, pero el padre concedió la libertad al esclavo y a sus hijos, los hijos del esclavo no dividirán el patrimonio con los hijos de su antiguo maestro.
§27 Si la mujer de un hombre no le dio hijos, pero una ramera de la plaza pública le ha dado hijos, él le dará grano, aceite y ropa a esa ramera. Los hijos que la ramera le ha dado serán sus herederos, y mientras su esposa viva, la ramera no vivirá en la casa con la esposa.
§29 Si un yerno ha entrado en la casa de su (futuro) suegro y luego lo han hecho salir (de la casa) y han entregado a su esposa a su compañero, deberán presentarle el compromiso regalos que trajo y que la esposa no puede casarse con su compañero.
§34. Si un hombre alquiló un buey y lesionó la carne en el anillo de la nariz, pagará un tercio de su precio. 
§35 Si un hombre alquila un buey y daña su ojo, pagará la mitad de su precio.
§36 Si un hombre alquila un buey y rompe su cuerno, pagará un cuarto de su precio.
§37 Si un hombre alquila un buey y daña su cola, pagará una cuarta parte de su precio.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Donaciones